Condiciones generales

Todos los asociados tendrán derecho a todas las líneas de crédito, previo cumplimiento de las siguientes condiciones:

  • Ser asociado hábil.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obliga-ciones económicas con “FEMCNG”.
  • Diligenciar la solicitud de crédito.
  • Suministrar la información sobre obligaciones vigentes.
  • Anexar la documentación requerida.
  • Acreditar capacidad de pago.
  • Autorizar el descuento por nómina.
  • Otorgar las garantías exigidas.

Qué se requiere?

  • Solicitud de crédito debidamente diligenciada
  • Fotocopia cedula
  • Fotocopia de desprendible pago
  • Suministrar la información sobre obligaciones vigentes.
  • Forma de pago: Descuento mensual por nómina
  • Se requiere capacidad de endeudamiento que no supere el 50% del total de descuentos de su salario.
  • Se requiere que un asociado hábil sea codeudor de una solictud cuando la totalidad de los ahorros no cubra la totalidad de los préstamos vigentes.

Capacidad de endeudamiento

El asociado deberá acreditar la capacidad de pago, determinada por el ingreso salarial mensual, el cual no se podrá comprometer en más del 50% de sus ingresos según el código laboral.

  • Cupo Máxima: Si el asociados tiene tres años de vinculación contínua hasta cuatro (4) veces lo ahorrado; caso contrario, hasta tres (3) veces lo ahorrado. Sin que supere los valores máximos estrablecidos en cda línea crediticia.

Garantías

  • Libranza firmada por el asociado deudor, cuando sus ahorros y aportes sociales cubran el crédito.
  • Pagaré firmado por el deudor y el o los codeudores que se haya determinado durante el proceso de aprobación de la solicitud de crédito.

Plazo Máximo

Hasta 48 meses si es un asociado vinculado al fondo desde hace 5 anos de forma continua; en caso contrario, el plazo máximo es de 36 meses.

Para tener en cuenta

  • El asociado puede utilizar hasta el 50% de sus ahorros una (1) vez al año para cancelar sus deudas. El año corresponde al periodo fiscal o calendario, comprendido.

 Solo se puede ser codeudor simultaneo de máximo dos deudores.